En medio de todos los comentarios que han generado las dubia de los cinco cardenales, yo quisiera comentar algunas cosas, que seguramente serán un aporte más a la confusión general.
La primera dice
así:
“..A raíz de las declaraciones de algunos obispos,
que no han sido corregidas ni retractadas, se plantea la cuestión
de si la Revelación Divina en la Iglesia debe ser reinterpretada según los
cambios culturales de nuestro tiempo y según la nueva visión antropológica que
estos cambios promueven; o si la Revelación Divina es vinculante para siempre,
inmutable y por tanto no puede ser contradicha, según el dictado del
Concilio Vaticano II, de que a Dios que revela se le debe «la obediencia de la
fe» (Dei Verbum 5); que lo revelado para la salvación de todos
debe permanecer «para siempre intacto» y vivo, y ser «transmitido a todas las
generaciones» (7) y que el progreso del entendimiento no implica cambio alguno
en la verdad de las cosas y de las palabras, porque la fe ha sido «transmitida
de una vez para siempre» (8), y el Magisterio no es superior a la Palabra de
Dios, sino que enseña sólo lo que ha sido transmitido (10)”.
Obviamente
no. Los cambios culturales o visiones antropológicas incompatibles con la Fe,
enseñada en el Catecismo de la Iglesia Católica, no pueden hacer cambiar a la
Revelación Divina ni al Magisterio de la Iglesia que la ha enseñado en sus
concilios dogmáticos. De lo contrario, no sería Fe Católica, sino otra
interesante posición humana sometida a los avatares de la Historia y las
contingencias de las cosas solamente humanas.
La
segunda es la siguiente:
“…Según
la Revelación divina, atestiguada en la Sagrada Escritura, que la Iglesia «por
mandato divino y con la asistencia del Espíritu Santo la oye con piedad, la
guarda con exactitud y la expone con fidelidad” (Dei Verbum 10):
«En el principio» Dios creó al hombre a su imagen, varón y hembra los creó y
los bendijo para que fuesen fecundos (cf. Gn 1, 27-28), por lo que el apóstol
Pablo enseña que negar la diferencia sexual es consecuencia de negar al Creador
(Rm 1, 24-32). Surge la pregunta: ¿puede la Iglesia derogar este
«principio», considerándolo, en contra de lo que enseña Veritatis
splendor 103, como un mero ideal, y aceptando como «bien
posible» situaciones objetivamente pecaminosas, como las uniones entre personas
del mismo sexo, sin faltar a la doctrina revelada?”
Por supuesto
que no. Jesucristo dijo “…pero en el principio no era así”, restaurando para la
sexualidad humana, para protegerla del pecado original, la dignidad que tenía
antes de ese pecado original. Obvio que después de la caída, cuesta mucho, pero
para eso está la misericordia y el sacramento de la Reconciliación. Claro que
toda sexualidad fuera del matrimonio, como lo entiende el Catolicismo
(heterosexual, monogámico e indisoluble) es pecado, pero ello no implica
condenar la conciencia subjetiva del pecador, sino al contrario, abrirlo a la
misericordia, al perdón, a la recuperación de la Gracia de Dios, con todos los
medios sobrenaturales que Dios nos ha dado gratuitamente por medio de la
Redención, y los naturales también, claro, que no sean contradictorios con los
primeros. La conciencia subjetiva está reservada al juicio de Dios, pero el
Magisterio de la Iglesia puede establecer lo que es malo considerado en sí
mismo. No es una distinción tan difícil.
La tercera
es la siguiente:
“…Dado que el Sínodo de los Obispos no representa
al Colegio Episcopal, sino que es un órgano meramente consultivo del Papa, ya
que los obispos, como testigos de la fe, no pueden delegar su confesión de la
verdad, se plantea la cuestión de si la sinodalidad puede ser el
supremo criterio regulador del gobierno permanente de la Iglesia sin desvirtuar
su ordenamiento constitutivo, tal como lo quiso su Fundador, según el cual la
suprema y plena autoridad de la Iglesia es ejercida tanto por el Papa en virtud
de su oficio como por el colegio de los obispos junto con su cabeza el Romano
Pontífice (Lumen Gentium 22)”.
Obvio
que no. Los sínodos de los obispos no son lo mismo que los concilios
universales dogmáticos con el primado de Pedro. Por ende, no pueden definir en
la Fe y Costumbres de manera vinculante. Nada del otro mundo.
La
cuarta, la siguiente:
“…A
raíz de las declaraciones de algunos prelados, que no han sido corregidas ni
retractadas, de que con el Vaticano II había cambiado la teología de la Iglesia
y el sentido de la Misa, se plantea la cuestión de si sigue siendo válido el
dictado del Concilio Vaticano II, que «El sacerdocio común de los fieles y el
sacerdocio ministerial o jerárquico, aunque diferentes esencialmente y no sólo
en grado” (Lumen Gentium 10) y que los presbíteros, en virtud del
«poder sagrado del Orden, para ofrecer el sacrificio y perdonar los pecados” (Presbyterorum
Ordinis 2), actúan en nombre y persona de Cristo Mediador, por quien
se perfecciona el sacrificio espiritual de los fieles? También se
plantea la cuestión de si sigue siendo válida el magisterio de la carta
apostólica Ordinatio Sacerdotalis de
San Juan Pablo II, que enseña como una verdad que hay que sostener
definitivamente que es imposible conferir la ordenación sacerdotal a las
mujeres, de modo que esta enseñanza ya no está sujeta a cambios ni a
la libre discusión de los pastores o teólogos”.
Obvio
que “…El sacerdocio común de los fieles y el sacerdocio ministerial o
jerárquico, aunque diferentes esencialmente y no sólo en grado”. Es Catecismo
elemental. Y obvio que el sacerdote “…actúa en nombre y persona de Cristo
Mediador”. Por eso no es lo mismo, con diferencia esencial, el sacerdocio común
que el sacramento del orden. Nada difícil. Obvio también que la declaración
magisterial de Juan Pablo II sobre el sacerdocio femenino es clara y distinta. Puede
decirse (esto está discutido) que no ha sido ex cátedra, ok, pero tampoco lo
sería la maldad en sí misma del aborto voluntario en todos los casos, por
ejemplo. Esto ya es más complejo. Nos introduce en el tema de la autoridad del
Magisterio ordinario. Pero habría que ver qué autoridad moral tiene para poner
en duda lo que no es ex cátedra quien afirma como si fuera ex cátedra
cuestiones de física y química en la Laudate Deum, manifestando su preocupación
de que “incluso en la Iglesia” algunos piensen diferente de su ilustre opinión,
con lo cual muestra cuán dispuesto está a condenar en temas opinables y a dudar
del Magisterio Universal de la Iglesia con continuidad doctrinal. Lo que estoy diciendo
es: quien pontifica en lo opinable no tiene autoridad moral para poner en duda
lo que no lo es, según el sensus fidei, precisamente, ese mismo sensus
fidei que ahora se quiere manipular para la sinodalidad.
La
cuarta es la siguiente:
“…Se
plantea la cuestión de si sigue vigente la doctrina del Concilio
de Trento, según la cual, para que la confesión sacramental sea válida, es
necesaria la contrición del penitente, que consiste en detestar el
pecado cometido con la intención de no pecar más (Sesión XIV, Capítulo IV: DH
1676), de modo que el sacerdote debe posponer la absolución cuando es evidente
que no se cumple esta condición.”
¡Obvio
que sí! ¿Qué sentido tiene el acto de contrición, de lo contrario? Yo lo rezo
todos los días, y me lo tomo en serio. ¿Es tan difícil? “Pésame Dios mío, y
me arrepiento de todo corazón de haberos ofendido; pésame por el cielo que
perdí y por infierno que merecí, pero mucho más me pesa porque pecando ofendí a
un Dios tan bueno y tan sabio como vos. Antes querría haber muerto que haberos
ofendido, y propongo firmemente no pecar más, y evitar ocasiones próximas de
pecado, Amén”. Esto es de Catecismo elemental. Claro que luego,
lamentablemente, podemos volver a pecar, y hay que recurrir nuevamente al
sacramento de la Reconciliación, pero el pecado más grave sería no tener el
propósito de enmienda. No sólo un pecado gravísimo, un sin sentido del que cree
que puede jugar al ajedrez con Dios y ganarle: “Dios, he pecado, pero “te aviso”
que voy a seguir pecado; eso sí, decile a tu sacerdote que me de la absolución”.
¿Alguien puede ser tan…………… Tan…………………………….???? Y esto no lo dice un sacerdote,
lo dice un laico, penitente.
La
verdad que es terrible ver que estas cinco preguntas hayan tenido que ser
formuladas al Romano Pontífice. Sus respuestas son un no elemental, un no obvio
para el cual se necesita sólo la Fe más sencilla en el Catecismo. ¿Qué grave
confusión mental puede hacer que se responda de modo ambiguo? Si pero no, no
pero sí, en este caso, en aquél caso, etc. Para los casos pastorales está la
misericordia. Pero la misericordia presupone aquello que hay que perdonar. Lo
mostró Cristo en el Evangelio, con su infinita misericordia con los pecadores,
pero con su santo enojo con los hipócritas.
Es
increíble que se esté discutiendo todo esto.
No
pertenecemos a una inexistente iglesia cuyas autoridades dudan de todo esto.
5 comentarios:
Todo lo que decís es perfectamente ortodoxo y a la vez eclesiásticamente incorrecto. Lo importante es lo primero. Entiendo que lo de Juan Pablo II sobre el sacerdocio femenino es infalible en tanto ejercicio del Magisterio Ordinario y Universal, que se advierte con más claridad por la solemnidad con que lo expuso. El error de cierto Magisterio ordinario y no definitivo actual es el propio de la casuística laxa. De allí que no todos lo adviertan con claridad
Fernando
Fer, ¿por qué "eclesiásticamente incorrecto"?
Profesor, ud se esta volviendo "indierista" :-) jaja, eso no gusta a las altas esferas...
"Llegará el día en que será preciso desenvainar una espada para afirmar que el pasto es verde." G. K. Chesterton.
¿"Indierista"? :-)) ??
Muy buen texto que ayuda a clarificar lo que ya debería ser muy claro para todos pero lamentablemente no es o no quieren que sea... Gracias por tomarte el tiempo de escribir sobre todo esto con valentía y transparencia, como siempre.
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