Escribí esto en 1989, en mi libro “El humanismo del
futuro”. Ahora ha quedado del pasado…………………
Con el término aborto
nos estamos refiriendo, en este contexto, a la expulsión voluntaria de un feto
no maduro. Ello es distinto, pues, de la expulsión involuntaria de un feto no
maduro (esto es, antes del séptimo mes completo) y de la expulsión provocada,
con fines médicos, de un feto ya maduro, lo cual es aceleración del parto.
Nuestra tesis es: el aborto, en el sentido referido, es un
asesinato, dado que el ser humano es tal desde el primer momento de la
concepción. Por ello este delito cae totalmente dentro de aquello que la
ley humana debe prohibir, dado que es una grave violación del derecho a la
vida.
Como puede
observarse, la clave de la demostración de que el aborto es un asesinato
consiste en la demostración de la siguiente premisa: el ser humano es tal desde
el primer momento de la concepción”.
Para ello
utilizaremos dos vías. La primera será científica-positiva, utilizando los
actuales conocimientos biológicos.
En primer lugar, la
teoría genética actual nos dice que en el huevo fertilizado o cigota se
encuentra un código genético, que permite diferenciar a un individuo de otro.
Ese código está presente desde el momento de fusión entre las informaciones
genéticas del óvulo y el espermatozoide. Luego, desde el primer momento de la
unión entre las gametas reproductoras está presente un individuo
específicamente distinto se otro individuo. Consecuencia adicional de esto es
que no hay posibilidad de confusión biológica entre el cuerpo del nuevo ser y
el cuerpo de la madre que lo está gestando, cuyo código genético es otro. No
puede decirse pues que el huevo fecundado es “parte del cuerpo de la madre” o
expresiones por el estilo. También se infiere de lo anterior que el individuo
es genéticamente el mismo desde su
primer instante de vida hasta su muerte. Las diferencias son pues las de diversas
etapas de desarrollo de los caracteres contenidos en su genotipo.
En segundo lugar, si se intentara rebatir lo
anterior diciendo que, en el caso de un tumor, la carga y estructura
cromosómica es distinta, lo cual sería un caso similar al crecimiento de un
embrión, ello es falso porque en el caso de un tumor canceroso se trata de una
división celular desordenada a partir de una o varias células diploides (esto es, con el total de
cromosomas de la especie), mientras que en el caso del embrión se trata de una
división celular ordenada fruto de la unión de dos células haploides (esto es, que contienen la mitad de cromosomas de la
especie). Esto constituye una esencial diferencia.
Para estar en
presencia de esta individualidad genética no es necesario, pues, que el embrión
sea “viable”, o que se instale en el útero materno, etc. Dichas cuestiones son
accidentales a la individualidad genética del huevo fecundado.
Ahora bien, la
epistemología contemporánea, sobre todo a través de Popper y Lakatos, ha
establecido muy claramente que, en las ciencias positivas, la certeza total es
imposible y lo máximo que podemos alcanzar es conjeturas corroboradas hasta el
momento, o, en lenguaje lakatosiano, podemos tener núcleos centrales de un
programa de investigación progresivo; hasta ahora, el programa de investigación
de la genética actual es progresivo[1].
Esto implica que estamos diciendo todo esto según el estado actual de la
ciencia, por eso debemos ir hacia nuestra segunda vía, menos sometida a la
contingencia de las ciencias positivas, que es la vía filosófica*38.
Filosóficamente,
debemos distinguir entre una sustancia individual y las potencialidades propias
que emergen de esa sustancia[2].
Por ejemplo, un niño de dos meses tiene la potencia de caminar, aunque todavía no
la ha desarrollado. Actualizará su potencia al respecto cuando camine. De este
modo, conocemos la esencia de una sustancia a través del despliegue y
actualización de sus potencialidades específicas. Así, distinguimos a una
persona humana de lo no humano por sus capacidades típicamente espirituales,
como el amar y el conocer, de donde surgen facultades como el habla, el
aprendizaje, etc. Vimos esto ya en nuestro capítulo uno. Lo que ahora queremos
destacar es que dichas potencialidades son propias del ser humano, pero no son
“el “ser humano, sino que el ser humano es la sustancia individual de donde
emergen dichas potencialidades. Todos saben que el recién nacido es un ser
humano aunque todavía no sea capaz de demostrar el teorema de Pitágoras. Esto
es: el ser humano es tal aunque sus potencialidades propias todavía no hayan comenzado a desplegarse y
actualizarse de manera visible. Por lo tanto, las diversas fases del
desarrollo de una persona son fases que se encuentran a nivel accidental, pero
no afectan la esencia de la persona
que se está desarrollando. Esto es precisamente lo que fundamenta todo nuestro
respeto a la dignidad de la persona y la igualdad esencial de los hombres, que
debe ser respetada ante la ley, más allá de sus diferencias accidentales. La
persona es esencialmente persona, siempre, en todas las fases de su desarrollo.
Luego su derecho a la vida, que surge de su misma condición de persona, no es
afectado por las diversas fases del desarrollo de la persona. Luego, no podemos
decir que no es una persona aquello que se está desarrollando para actuar como
tal. Luego, el embrión humano es una
persona aunque todavía no actúe
visiblemente como tal (y decimos “visiblemente” atentos a todas las
posibles manifestaciones de psiquismo intrauterino). Si no fuera una persona,
no podría, en el futuro, desarrollarse como tal. Si algo se desarrolla como
mosquito, es porque es un mosquito, dado
que todo se desarrolla y se despliega según lo que es. Nada se desarrolla a
partir de la nada, sino a partir de una realidad ya especificada. Confundir a
la esencia del ser humano con la manifestación
visible de sus potencialidades propias es un grave error; ello justificaría
decir que no es una persona quien ha sufrido una lesión irreparable de su
lóbulo frontal. Luego, el embrión humano es persona, desde el primer instante
de su crecimiento y desarrollo, esto es, desde el primer instante de la concepción.
Que se encuentre dentro de otro cuerpo o que su tamaño sea ínfimo, son todas
cuestiones accidentales que no afectan a su esencia como persona, que debe ser,
consiguientemente, respetada desde ese primer momento.
Por lo tanto, dado
que nada justifica quitar
directamente la vida a una persona inocente, su derecho a la vida es
inviolable, desde el primer momento de su concepción. El fin no justifica los
medios (esto es: ninguna conducta contradictoria con el fin último de la vida
humana se justifica porque sea idónea para llegar a otro fin) y, por ende,
aunque el fin sea bueno, ese medio (la eliminación directa de la vida de una
persona inocente) jamás está justificado.
Alguien puede decir:
¿qué ocurre si el problema no es que se afirme que el embrión no es un ser
humano, sino que se duda sobre su
real naturaleza? Pues en ese caso, tampoco está justificado quitar la vida del
embrión, pues, desde el punto de vista ético, la duda sobre si algo es o no una
persona lo único que justifica, precisamente, es abstenerse de hacer algo que pueda perjudicar al “posible” ser
humano. Si alguien está cazando y duda sobre si lo que se mueve es un animal o
un hombre, debe abstenerse de disparar, obviamente. Luego, lo único que
coherentemente justificaría la eliminación directa del embrión es la certeza
total de que no es una persona, la cual es una premisa absolutamente falsa, por
los motivos vistos.
A partir de aquí,
podemos fundamentar nuestra negativa respecto a algunos casos que se presentan
habitualmente como intentos de justificación del asesinato del embrión humano,
esto es, el ser humano en los primeros meses de su vida, o en sus primeros
segundos.
a) Violación. Se dice
que la mujer que fue violada tiene “derecho” a abortar. El fin es salvaguardar
su honor y/o no tener un hijo que ella no deseaba. Pero, dado que el fin no
justifica los medios, no puede violarse el derecho a la vida del nuevo ser,
dado que su derecho a la vida emerge de su misma condición de persona y es, por
ende, totalmente independiente del modo o las circunstancias en las que fue
realizada su concepción. Luego, la violación no justifica el aborto. Algunos
dicen que, en ese caso, la mujer podría pedir la transferencia de su patria
potestad, una vez nacido el niño. No negamos esa posibilidad; tampoco la
afirmamos rotundamente. Dejemos abierta esa cuestión.
b) Malformación comprobada. Tampoco hay
justificación es este caso. Qué persona vive o muere, según sus mayores o
menores defectos, no corresponde al ser humano decidirlo. Es gravísimo tratar
de tomar el lugar de Dios. Quienes admiten este caso deberían admitir que es
lícito quitar la vida a un niño deforme ya nacido, y en ambos casos estaríamos
en presencia de un asesinato. El derecho a la vida de una persona no está en
relación a sus defectos físicos o mentales, por más graves que estos sean. Por
más que el fin sea evitar el dolor y el sufrimiento, el quitar la vida no
constituye un medio lícito para ello, por los motivos expuestos. ¿Cuántas
veces, por otra parte, el motivo es justamente una falta de amor, que, de
tenerlo, nos haría ver la posibilidad de cuidar a alguien defectuoso como una
oportunidad de despliegue del amor más profundo, que no pide, sino que da?[3].
c) Situación
desastrosa de la familia o de los padres. Nuevamente el mismo tipo de
argumentación: el derecho a la vida de la persona no está en relación a la
situación económica en la que nace. De lo contrario sería lícito de cualquiera
de los hijos con ese pretexto; es más, si el asunto es la situación económica,
habría que asesinar al mayor, que es el que consume más. Huelga todo
comentario.
d) Abortos ilegales.
Dice este argumento –uno de los más usados- que hay que legalizar los abortos
para que éstos se realicen en buenos institutos, con buenos profesionales y en
correctas condiciones de higiene, para evitar el peligro que corren las madres
en otros casos. Muy encomiable la preocupación por la madre, en este caso, pero
eso, nuevamente, no justifica el medio, dar impunidad al asesinato de un inocente.
Con el mismo criterio deberían legalizarse los robos a los bancos para que
éstos no pusieran en peligro la vida de los asaltantes o de los clientes.
Recúrrase al medio que se desee para evitar la dramática situación producida
por personas que además de eliminar una vida ponen en peligro otra y arruinan
su salud; recúrrase al medio que se quiera para la protección de las menores
que son engañadas, dañadas o explotadas por inescrupulosos delincuentes, pero
jamás se dé libre curso al asesinato de la persona por nacer como solución a
esa situación. Ese medio, precisamente, es totalmente injustificado.
e) Peligro para la
vida de la madre. Este caso es ya muy infrecuente, dadas las nuevas técnicas
médicas. La cesárea, la sinfisiotomía, etc., han eliminado dramáticas
instancias de antaño en el momento del parto. Por otra parte, después del 7mo.
Mes completo puede recurrir a la aceleración del parto si hay peligro para la
vida de la madre y hay además actualmente posibilidad de reimplantar al embrión
en el útero en el caso de embarazo ectópico. Pero, debemos aclarar, si el caso
se presentara, no es un medio lícito, para salvar una vida, eliminar
directamente otra. En ese caso, además, el no eliminar la vida de la persona
por nacer no es “causar” la muerte de la otra. Si X amenaza a Z diciéndole que
mate a Y o, de lo contrario, X matara a Y2, entonces, si Z no mata a Y –como
corresponde- entonces Z no es “causante” de la muerte de Y2, sino el causante
de la muerte de Y2 es Z, en ese caso, “permite”, “tolera”, esto es “no impide”
(porque no puede impedir) que X sea causa de ese asesinato. Luego queda
demostrado que el no matar a la persona por nacer, en esos casos, no es “causa”
de la muerte de otra persona. Por otra parte, no puede decirse que, en esos
casos, la persona no nacida actúa como “injusto agresor” frente al cual habría
derecho a la defensa legítima. ¿Cómo el embrión o el feto pueden ser
“culpables” de algo? No pueden por ende, ser acusados de “injusta agresión”.
Son absolutamente inocentes. Es más: la persona por nacer es la persona más inocente
e indefensa que hay.
Volvemos a reiterar,
sin embargo, que estos son actualmente muy raros.
Los casos analizados
reafirman nuestra tesis: el aborto es un asesinato. No puede hablarse, por
ende, de “derecho al aborto”. Eso es una absoluta contradicción en términos. No
hay derecho a hacer algo que va en contra de un derecho humano fundamental.
Tampoco puede encuadrarse dentro del “derecho de la madre a disponer de su
propio cuerpo”. Puede la madre tener el derecho a la ausencia de coacción sobre
la disposición de su cuerpo, pero no
sobre el cuerpo de otra persona.
Tampoco puede encuadrarse el aborto dentro de “acciones privadas” que no perjudican
a terceros. Pues el aborto elimina la vida de una persona humana; luego, está a
años luz de una acción privada; al contrario, entra dentro de uno de los más
típicos delitos contra terceros: el asesinato….
[1] Véase nuestra
monografía pre-doctoral Epistemología
contemporánea y filosofía cristiana, presentada a la Universidad Católica
Argentina, Facultad de Filosofía y Letras, septiembre de 1988.
*38 Dada la importancia que
a lo largo de estos años ha adquirido, para nosotros, la epistemología que va
desde Popper a Feyerabend, enfatizamos más que nunca que las conjeturas
científicas nunca pueden ser la base de las certezas morales en las que
se basa la defensa de la condición de persona del embrión humano.
[2] Véase González Álvarez,
A.: Tratado de Metafísica: Ontología,
Gredos, Madrid, 1979, 2da. edición.
[3] Véase la siguiente
carta de una madre, citada por V. Frankl: “Por una deformación prematura de los
huesos del cráneo en el vientre materno, cuando mi hijo nació el día 6 de junio
de 1929 era ya un enfermo incurable. Yo tenía entonces 19 años. Divinicé a mi
hijo y lo amé sin límites. Mi madre y yo hacíamos cualquier cosa para ayudar al
pequeño gusano, aunque todo fue en vano. El niño no podía andar, ni podía
hablar, pero yo era joven y no perdía la esperanza. Trabajaba día y noche sólo
para poderle comprar a mi querido gusanito preparados alimenticios y
medicamentos. Cuando yo ponía su pequeña y delgada manita sobre mi hombro y le
decía ‘¿me quieres?’, él se apretaba muy fuerte contra mi, se reía y me ponía
torpemente la mano en la cara. Yo era entonces feliz, a pesar de todo,
inmensamente feliz”, de su libro La Psicoterapia al alcance de todos,
op. cit., p. 135.
Nombras algo llamado espiritu. Que es eso?
ResponderEliminarQue es el humano? Un homo neandertalis lo consideras como tal? En que momento de la evolucion dejamos de ser monos y pasamos a ser sapiens?
Gracias !!